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Preguntas


FAQ

1) Cuales normativas aplicamos en el diseño y construcción de nuestra gama de productos para el calentamiento eléctricos?

2) Cosa disciplina la directiva ATEX 94/9/CE ?

3) Cosa disciplina la directiva PED 94/9/CE “Equipos a presión” por resistencias eléctricas ?


1) Cuales normativas aplicamos en el diseño y construcción de nuestra gama de productos para el calentamiento eléctricos?

En todos nuestro productos aplicamos las siguientes Directivas Europeas:

Bajo pedidos especificos por nuestros clientes o para aplicaciones non estandares, aplicamos también otras normativas entre las cuales recordamos:
  • UL / CSA para productos exportados hacia el mercado Norte-americano (Estados Unidos y Canada)
  • GOST para productos exportados hacia el mercado Ruso (Rusia)
  • Otros a petición de nuestros clientes o para aplicaciones específicas

2) Cosa disciplina la directiva ATEX 94/9/CE ?

Como en las industrias químicas y petroquímicas, de procesos industriales, en las plataformas petrolíferas e en muchas de las instalaciones militares existen materiales que son almacenados, procesados o producidos en áreas donde la atmósfera es potencialmente explosiva y se necesitan elementos calefactores antideflagrantes, a partir de Julio del 2003 todos estos equipos con puesta en servicio dentro de la Comunidad Europea CE deben respectar obligatoriamente la Directiva Atex 94/9/CE. Todos nuestros equipos y productos para instalaciones antideflagrantes están certificados en base a esta Directiva Atex 94/9/CE.

Generalidades de la Directiva 94/9/CE:
  • Una atmósfera explosiva se define como una mezcla:
    de sustancias inflamables en forma de gases, vapores, nieblas o polvos;
    con el aire;
    en las condiciones atmosféricas;
    en la que, tras una ignición, la combustión se propaga a la totalidad de la mezcla no quemada.
Circunstancias para que se produzca una explosión:
  • Presencia de oxígeno en el aire
  • Presencia de una sustancia inflamable (gas, vapor, polvo o niebla)
  • Una fuente de energía suficiente (arco eléctrico o elevación de temperatura)
Con la Directiva Atex 94/9/CE la Comunidad Europea requiere que todo material eléctrico que deba instalarse en condiciones atmosféricas con temperatura comprendida entre -20°C y +40°C y presión en el rango 0,8 bar / 1,1 bar debe obligatoriamente ser diseñado y construido para que su emisión de energía no produzca alguna explosión, sino que esté controlada. Luego, el usuario debe hacer preventivamente una evaluación del riesgo de explosión, teniendo en cuenta la probabilidad de presencia de dichas atmósferas, junto con su grado de peligrosidad, la presencia de fuentes de energía, los procesos y sus interacciones, la instalación de equipos y sus posibles consecuencias.
Si el riesgo existe, el usuario debe:
1) Prevenir la formación de atmósferas potencialmente explosivas.
2) Si es imposible cuanto al punto 1, el usuario debe prevenir la ignición.
3) Si es imposible cuanto al punto 2, el usuario debe reducir los efectos de la explosión de manera que el riesgo se elimine.

Ayudas para entender el marcado ATEX

3) Cosa disciplina la directiva PED 97/23/CE “Equipos a presión” por resistencias eléctricas ?

En la fabricacion de cualquier tipo de equipos a presión por resistencias eléctricas y calentadores eléctricos de procesos industriales, la Comunidad Europea CE obliga que esos equipos respecten obligatoriamente la Directiva PED 97/23/CE. Todos nuestros equipos calefactoras a presión están certificados en base a esta Directiva PED 97/23/CE.

Signos convencionales:

Gráfico 1Recipientes a presión para gases & Vapores peligrosos – PED 97/23/CE – Art. 3 – 1.1 – a)

Gráfico 2Recipientes a presión para gases y vapores seguros (no peligrosos) – PED 97/23/CE – Art. 3 – 1.1 – a)

Gráfico 3Recipientes a presión para líquidos peligrosos – PED 97/23/CE – Art. 3 – 1.1 – b)

Gráfico 4Recipientes a presión para líquidos no peligrosos – PED 97/23/CE – Art. 3 – 1.1 – b)

Gráfico 5Vasos presurizados para agua > 110°C – PED 97/23/CE – Art. 3 – 1.2